30 ago 2011

La regla

A raiz de un pedido del muy recomendable portal LatAm Cinema, escribí lo siguiente acerca de la nueva regulación del INCAA a los estrenos extranjeros que obliga a pagar un arancel por la cantidad de copias involucradas en cada lanzamiento. La resolución está fresquita aun, y no sería de extrañar que en los próximos días sufra modificaciones. Hoy, a esta hora, esto es lo que pienso:
Creo que, dada la escala sobre la que trabaja la resolución (de 40 copias para arriba), el espiritu de la normativa no es el cuidado de "la producción nacional, y la diversidad que hace al derecho a la libertad de expresión y a los derechos sociales a la cultura", sino mas bien la protección de las películas argentinas que tienen grandes estrenos y perspectivas comerciales idem.

Las películas con estrenos medios a pequeños (de 15 o 10 copias para abajo), si son nacionales, no se veran especialmente beneficiadas por la medida, y si son extranjeras se veran realmente afectadas por el canon de 300 entradas, una enormidad para el cine independiente, que ya tiene suficientes problemas para estrenar, y que al fin de cuentas es el que muchas veces más se procupa por la diversidad cultural que menciona la resolución. Sería prudente que el INCAA pueda distinguir estrenos de 40 copias de estrenos de, digamos, 8 copias, y que las medidas para fomentar la distribución se ocupen tambien de cuestiones que al cine independiente, aquel verdaderamente en peligro ya sea argentino o extranjero, realmente le ayuden.

El preocupante desinterés por las películas medianas y pequeñas se repite en un detalle operativo de la resolución, aquel que pide presentar una declaracion jurada de cantidad de copias junto con con el pedido de calificacion de una pelicula, lo cual es sencillamente impracticable para los estrenos medianos y pequeños. Como cualquiera que haya estrenado una película sabe, se califica 3 semanas antes de un estreno, pero la cantidad de copias se conoce apenas 3 días antes de la fecha del lanzamiento, cuando los exhibidores definen su suerte. ¿De que manera van a poder cumplir con la resolución entonces, la mayoría de las películas extranjeras que no vienen de EEUU? ¿Nadie pensó en eso o, finalmente, a nadie le importa?

2 comentarios:

  1. Hola Manuel! me parece muy buena tu acotación.
    Yo no dudo de las intenciones de la resolución, simplemente pienso que como toda buena medida que
    apunta a proteger nuestros bienes culturales, es suceptible a modificaciones que la mejoren.
    Creo que sería bueno que se tomen tus aportes sobre el tratamiento que hay que darle al cine independiente tanto nacional como extrangero en las nuevas normativas. Quizás con poner "las películas que van a tener más de 30 copias de exhibición tienen que asentarlo a la hora de pedir la clasificación, y las demás quedan exentas de éste requisito", se solucione éste punto, no?

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  2. Quizas si Maria. Lo que quedaria por ver para mi, es de que manera se apoya a los productores y distribuidores que quieren hacer estrenos pequeños a quienes, creo no va a beneficiar esta medida y van a seguir al borde de la desaparicion

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